jueves, 20 de mayo de 2010





PARENTESCO

Es el vínculo que une a las personas que descienden unas de otras o que tienen un ascendente en común (unidas por comunidad de sangre) y en su modo amplio es la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza, religión o ley.

CLASES DE PARENTESCO
Parentesco natural: Puede ser inmediato o de consanguinidad El parentesco por consanguinidad: es la relación que existe entre las personas unidas por un vínculo de sangre, es decir, que tienen al menos un ascendiente en común. La proximidad en el parentesco por consanguinidad se determina por el número de generaciones que separan a los dos parientes, y se mide en grados, correspondiendo cada grado a la separación entre una persona y sus padres o hijos.
Parentesco por afinidad: La afinidad es el vínculo que se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro, o bien, recíprocamente, entre una persona y los cónyuges de sus parientes consanguíneos. El grado y la línea de la afinidad se determinan según el grado y la línea de la consanguineidad.
Parentesco espiritual o religioso: Se adquiere por confirmación o bautismo.
Parentesco por adopción: La adopción establece parentesco, llamado «parentesco civil» o por adopción, entre el adoptado y el adoptante, así como entre el adoptado y la familia del adoptante. En general, el parentesco entre un miembro adoptado de la familia se considera exactamente igual que el de un miembro de origen consanguíneo, computándose la línea de parentesco de la misma forma que en el caso de la consanguineidad.
LINEAS DE PARENTESCO
Los vínculos de parentesco consanguíneo se organizan en líneas de parentesco, formadas por una serie consecutiva de grados.

CLASES DE LINEAS
Líneas: Desde el punto de vista de una persona, llamada el tronco, las líneas de parentesco se denominan de la siguiente manera (e.g., para heredar):
Recta. Las líneas que se establecen entre personas que descienden unas de otras en línea directa.
Descendiente. Hijos, nietos, bisnietos, tataranietos, trastataranietos, etc.
Ascendiente. Padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, trastatarabuelos, etc.

Colateral o Transversa.
Las líneas que se establecen entre personas que no descienden directamente unas de otras pero tienen un progenitor en común.
Preferentes. Hermanos y sobrinos (i.e., dos y tres grados, respectivamente).
Ordinarios. Tíos, primos, etc. (i.e., del cuarto al sexto grado de parentesco).


GRADOS DE PARENTESCO
El parentesco se mide en grados. En las líneas rectas de parentesco cada generación cuenta como un grado. Por ejemplo, entre padre e hijo hay un grado de separación y entre un abuelo y un nieto hay dos grados.
En las líneas colaterales los grados entre dos parientes se cuentan por generaciones en la línea ascendiente desde el primer pariente hasta el tronco (i.e., antepasado en común) y se sigue contando por la línea descendiente hasta llegar al otro pariente. Por ejemplo, entre hermano y hermana hay dos grados de separación: un grado del hermano a los padres, y otro de los padres a la hermana. Entre un tío y un sobrino has tres grados de separación: uno del tío a sus padres, y dos de ellos al sobrino.
Los grados de parentesco se usan, entre otras cosas, para determinar herederos y porciones de herencias. Por eso los testamentos y otros documentos como las Declaratorias de Herederos son documentos muy importantes en la genealogía.













































EFECTOS DE PARENTESCO
La relación de parentesco produce diversos efectos, que la doctrina jurídica divide en tres grupos: 1.-Derechos. 2.-Obligaciones. 3.-Incapacidades.
Derechos que derivan del Parentesco.- Los principales derechos que derivan del parentesco son: La pensión alimenticia, La patria potestad y la herencia.
Obligaciones que nacen del Parentesco.- La a pensión alimenticia, en su aspecto pasivo; el respeto y la consideración que los descendientes deben a sus ascendientes, y la tutela legítima.
Incapacidades que derivan del parentesco. La incapacidad para contraer matrimonio entre parientes cercanos; la prohibición que impone la ley, en determinados casos, para servir como testigos, en juicio, a un pariente, y la incapacidad para ocupar determinados cargos de la administración pública, cuando un aspirante a dichos cargos ya ocupa otros dentro de la propia administración.
IMPORTANCIA DEL CONOCIMIENTO DE LAS RELACIONES DE PARENTESCO
En nuestra postura de pedagogas infantiles, consideramos que el tener conocimiento de la estructura familiar y en especial de la de nuestros alumnos, es relevante, ya que al revisar este aspecto podemos darnos cuenta y tener un adecuado manejo de algunas problemáticas que los niños que están bajo nuestro cargo puedan llegar a presentar.

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